De acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1524, a partir del 01 de julio de 2023 los sujetos que oferten bienes y/o servicios deberán consignar en la documentación que materialice la oferta el número de RUC asignado y la Razón Social.
La norma precisa que esta obligación se aplicará incluso cuando la oferta se realice vía plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, página web, correos publicitarios, entre otros.
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En ese sentido, quedamos a su disposición para cualquier duda o consulta sobre el particular.
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