Prorrogan plazo para proporcionar a SUNAT información sobre cuentas

Dra. Jesús Guzmán Salazar

PRORROGAN PLAZO PARA QUE ENTIDADES FINANCIERAS PROPORCIONEN A SUNAT DETERMINADA INFORMACIÓN SOBRE LAS CUENTAS QUE ADMINISTRAN

Resolución de Superintendencia N° 082-2020-SUNAT

Con la finalidad de cumplir con el intercambio automático de información entre países, acordado en los Convenios para evitar la Doble Imposición-CDI y las decisión de la Comunidad Andina-CAN, a través del Decreto Supremo N°256-2018-EF el Gobierno estableció que desde el 2018 las empresas del sistema financiero nacional se encuentran obligadas a proporcionar a Sunat, información vinculada a la titularidad e importes de las cuentas que administran, a través de una Declaración Reporte Financiero-ECR. 

A fin de cumplir con ello, dichas empresas debían presentar las ECR vinculados a las cuentas de alto valor de las personas naturales por el año 2018, en el plazo para cumplir con las obligaciones mensuales del mes de abril del año 2020; mientras que las ECR del año2019 en adelante, debían ser presentadas en el plazo para cumplir con las obligaciones de abril del ejercicio siguiente por el cual se está informando. De esta forma, y a modo de ejemplo, las ECR del año 2019, debían presentarse en la fecha de vencimiento de las obligaciones tributarias de abril de 2020, y así sucesivamente. 

Pues bien, considerando el contexto del Aislamiento Social Obligatorio en el que nos encontramos, el 22 de abril del presente se publicó el Decreto Supremo N° 088-2020-EF a fin ampliar el plazo para la presentación de las mencionadas declaraciones, hasta el 31 de julio del 2020, con cargo a que la Administración Tributaria establezca las fechas máximas de vencimiento. 

Es así que, a través de la Resolución de Superintendencia N° 082-2020/SUNAT, publicada de manera extraordinaria el 13 de mayo del presente, Sunat estableció que las ECR del año 2018 vinculadas a cuentas preexistentes de alto valor y las ECR por información financiera del año  2019, han sido prorrogadas conforme al siguiente cuadro:

En caso de tener alguna consulta o comentario en relación con el presente informe, nuestro equipo está a su disposición para ampliar sobre el asunto. E-mail:  jguzman@ellb.com.pe 

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