HABILITAN MECANISMOS PARA QUE ENTIDADES PÚBLICAS TRAMITEN EL RUC DE PERSONAS DOMICILIADAS EXTRANJERAS CONTRATADAS CON OCASIÓN DEL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA 072-2020/SUNAT
Considerando que para atender la Emergencia Sanitaria en la que nos encontramos se ha dispuesto que pueden participar profesionales de la salud peruanos y extranjeros para que sean contratados bajo el Régimen CAS, resulta necesario que aquellas personas puedan contar con el Registro Único de Contribuyentes- RUC,.
Atendiendo a ello, se ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 072-2020/SUNAT, para que a partir del 21 de abril del 2020, las Entidades del Estado que contraten a profesionales de la salud extranjeros domiciliados puedan realizar las gestiones necesarias a fin de tramitar y obtener el RUC de aquellas personas contratadas.
De esta forma, el procedimiento para que las Entidades Públicas obtengan éste registro, para personas nacionales o domiciliados extranjeros es el siguiente:
1. Deben solicitar a las personas naturales nacionales o extranjeras lo siguiente: i) Tipo y número de documento de identificación, ii) Nombre completo, iii) Fecha de nacimiento, iv) Sexo, v) Domicilio Fiscal (los nacionales deberán informarlo en caso este sea distinto al domicilio consignado en RENIEC), vi) País (aplicable para extranjeros), vii) Correo electrónico y viii) Número de teléfono móvil.
2. La información recolectada será remitida a SUNAT, a través de archivos planos y de acuerdo a los formatos indicados en la Resolución de Superintendencia N° 072-2020/SUNAT.
3. Esta información será revisada por la Administración Tributaria, y de estar todo conforme procederá a remitirle a la Entidad Pública el RUC emitido.
4. El RUC que se obtenga será comunicado a los nuevos colaboradores.
Finalmente debemos resaltar que los peruanos domiciliados que obtengan éste registro también podrán obtener una Clave Sol que les permitirá realizar diversos trámites tributarios a través del Sistema de Operaciones en Línea y revisar su Buzón Electrónico.
En caso de tener alguna consulta o comentario en relación con el presente informe, nuestro equipo está a su disposición para ampliar sobre el asunto. E-mail: jguzman@ellb.com.pe