En nuestra sociedad es poco amigable hablar de lo que implica dejar un testamento, no existe una cultura testamentaria. Sin embargo, ante un suceso doloroso como la muerte de una persona, en caso ésta no haya otorgado testamento, son los herederos legales los llamados a realizar la sucesión intestada, a quienes por desconocimiento les puede parecer un procedimiento engorroso o quizá se pueda presentar alguna complejidad como el nombre mal escrito de uno de los padres fallecidos en la partida de nacimiento del hijo heredero.
Una de las ventajas del testamento es que el causante puede disponer de manera voluntaria de la porción disponible dejando a salvo para sus herederos forzosos (los hijos y los demás descendientes, los padres y los demás ascendientes, y el cónyuge) la legítima, la cual está conformada por la parte de la herencia que el testador no puede disponer; es así que por mandato legal la legitima está reservada para los herederos forzosos.
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