El artículo 1 de la ley bajo comentario declara como feriado nacional el 9 de diciembre en conmemoración de la Batalla de Ayacucho. Si bien dicho artículo señala que el feriado es para “todas las entidades e instituciones públicas” hay que tener en cuenta que la misma ley modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713.
Así, el nuevo texto del artíAsí, el nuevo texto del artículo 6 del Decreto Legislativo 713 estipula: “Son días feriados los siguientes (…) Batalla de Ayacucho (09 de diciembre)”.
Es importante tener en consideración que el Decreto Legislativo 713 versa sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada y que en su artículo 5 señala lo siguiente: “Los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado en los días feriados señalados en esta ley, así como en los que se determinen por dispositivo legal específico.”
En consecuencia, al haberse modificado el artículo 6 del Decreto Legislativo 713 y haberse incluido en la lista de feriados el 9 de diciembre, dicho día será feriado para todos los trabajadores, ya sean del régimen público o privado, y por lo tanto, deberán gozar del descanso remunerado correspondiente.
Lima, 05 de diciembre de 2022.
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